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Artículo 180 de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Gobierno Federal tiene la obligación de organizar sus programas y acciones en el campo para que los alimentos que se produzcan en México sean seguros para comer, suficientes para toda la gente, y que el país no dependa tanto de otros para alimentarse. Esto lo debe hacer siguiendo las reglas que ya están en la ley, y tomando en cuenta los acuerdos que México haya firmado con otros países. La idea es que, a través de la producción y distribución de ciertos productos, se garantice que todos tengamos qué comer de manera confiable.

Texto oficial

Artículo 180.- El Gobierno Federal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 110 de esta Ley, deberá conducir su política agropecuaria a fin de que los programas y acciones para el fomento productivo y el desarrollo rural sustentable, así como los acuerdos y tratados internacionales propicien la inocuidad, seguridad y soberanía alimentaria, mediante la producción y abasto de los productos señalados en el artículo anterior.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 54) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.