Artículo 180 de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Gobierno Federal tiene la obligación de organizar sus programas y acciones en el campo para que los alimentos que se produzcan en México sean seguros para comer, suficientes para toda la gente, y que el país no dependa tanto de otros para alimentarse. Esto lo debe hacer siguiendo las reglas que ya están en la ley, y tomando en cuenta los acuerdos que México haya firmado con otros países. La idea es que, a través de la producción y distribución de ciertos productos, se garantice que todos tengamos qué comer de manera confiable.
Texto oficial
Artículo 180.- El Gobierno Federal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 110 de esta Ley, deberá conducir su política agropecuaria a fin de que los programas y acciones para el fomento productivo y el desarrollo rural sustentable, así como los acuerdos y tratados internacionales propicien la inocuidad, seguridad y soberanía alimentaria, mediante la producción y abasto de los productos señalados en el artículo anterior.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.