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Artículo 21 de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Comisión Intersecretarial está formada por los jefes de varias secretarías (como Agricultura, Economía, Medio Ambiente, Hacienda, etc.), y quien la preside es el titular de la Secretaría de Agricultura. Cada uno de estos integrantes tiene un suplente, que será el subsecretario encargado de los temas de desarrollo rural. Esta Comisión puede invitar a otras dependencias del gobierno a sus reuniones para que informen sobre asuntos relacionados con el desarrollo rural sustentable (que cuida el campo sin dañar el medio ambiente). Su trabajo es proponer al Presidente las políticas y criterios para crear programas de apoyo al campo, y también evaluar los que ya existen. Además, puede pedirle al Presidente que apruebe nuevos programas de fomento agropecuario para incluirlos en el presupuesto del año siguiente.

Texto oficial

Artículo 21.- La Comisión Intersecretarial estará integrada por los titulares de las siguientes dependencias del Ejecutivo Federal: a) Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación cuyo titular la presidirá; b) Secretaría de Economía; c) Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; d) Secretaría de Hacienda y Crédito Público; e) Secretaría de Comunicaciones y Transportes; f) Secretaría de Salud; g) Secretaría de Desarrollo Social; h) Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; i) Secretaría de Educación Pública; j) Secretaría de Energía; y las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo que se consideren necesarias, de acuerdo con los temas de que se trate. Párrafo reformado DOF 02-02-2007, 20-06-2018 Cada uno de los integrantes de la Comisión tendrá un suplente que, en el caso de las dependencias, será el subsecretario que tenga mayor relación con los asuntos del desarrollo rural. La Comisión Intersecretarial, a través de su Presidente, podrá convocar a las sesiones a otras dependencias del Ejecutivo Federal y a entidades del sector público, con objeto de que informen de los asuntos de su competencia, relacionados con el desarrollo rural sustentable. La Comisión Intersecretarial propondrá al Ejecutivo Federal las políticas y criterios para la formulación de programas y acciones de las dependencias y entidades del sector público y evaluará, periódicamente, los programas relacionados con el desarrollo rural sustentable. En su caso, la Comisión Intersecretarial someterá a la aprobación del Ejecutivo Federal nuevos programas de fomento agropecuario y de desarrollo rural sustentable para ser incluidos en el Proyecto de Presupuesto de Egresos correspondiente. LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 07-06-2024 11 de 75

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

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