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Ley
LEY de Desarrollo Rural Sustentable
Artículo
56

Artículo 56 de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 56 dice que se va a apoyar a los productores del campo y a sus organizaciones para que puedan usar nuevas tecnologías y métodos que les ayuden a producir mejor. Esto incluye cosas como mejorar cómo trabajan, hacer más producto con menos esfuerzo, cuidar el medio ambiente, y adaptar la tecnología a las costumbres de las comunidades indígenas y rurales. También busca que los productos sean de mejor calidad para venderlos más fácil y que se ahorren recursos como dinero, agua o tierra. Al final, la meta es que los costos de producción bajen y el trabajo sea más eficiente.

Texto oficial

Artículo 56.- Se apoyará a los productores y organizaciones económicas para incorporar cambios tecnológicos y de procesos tendientes a: I. Mejorar los procesos de producción en el medio rural; II. Desarrollar economías de escala; III. Adoptar innovaciones tecnológicas; IV. Conservar y manejar el medio ambiente; V. Buscar la transformación tecnológica y la adaptación de tecnologías y procesos acordes a la cultura y los recursos naturales de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas y las comunidades rurales; Fracción reformada DOF 01-04-2024 VI. Reorganizar y mejorar la eficiencia en el trabajo; VII. Mejorar la calidad de los productos para su comercialización; VIII. Usar eficientemente los recursos económicos, naturales y productivos; y IX. Mejorar la estructura de costos.

Ver texto oficial de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable (pág. 27) ↗

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