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Artículo 59 de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 59 dice que los apoyos del gobierno para cambiar la forma de producir en el campo y en la agroindustria se van a enfocar en cuatro cosas principalmente. Primero, en ayudar a crear empresas que sean de una familia o de un grupo de personas, y que generen empleos para la gente de la localidad. Segundo, en fomentar que las fábricas y los productores del campo hagan acuerdos para comprar sus materias primas. Tercero, en impulsar el uso de tecnologías que ahorren energía y que cuiden el medio ambiente. Y cuarto, en mejorar las instalaciones y el equipo para que los productores sean más competitivos.

Texto oficial

Artículo 59.- Los apoyos a la reconversión productiva en la actividad agropecuaria y agroindustrial se orientarán a impulsar preferentemente: I. La constitución de empresas de carácter colectivo y familiar, o que generen empleos locales; II. El establecimiento de convenios entre industrias y los productores primarios de la región para la adquisición de materias primas; III. La adopción de tecnologías sustentables ahorradoras de energía; y IV. La modernización de infraestructura y equipo que eleve su competitividad. LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 07-06-2024 28 de 75 CAPÍTULO V De la Capitalización Rural, Compensaciones y Pagos Directos

Ver ley oficial en el DOF (pág. 27) ↗

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