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Artículo 60 de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Gobierno Federal va a ayudar a que las actividades del campo, como la agricultura y los servicios rurales, tengan más recursos para crecer. Para lograrlo, va a crear, en sus programas especiales, formas de financiamiento (como préstamos o apoyos económicos) que motiven a todos a invertir, tanto al gobierno, como a empresas privadas y a organizaciones de la sociedad.

Texto oficial

Artículo 60.- El Gobierno Federal promoverá la Capitalización de las Actividades Productivas y de Servicios del Sector Rural, para lo cual establecerá en los Programas Sectoriales correspondientes y el Programa Especial Concurrente, instrumentos y mecanismos financieros que fomenten la inversión de los sectores público, privado y social.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.