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Ley
LEY de Desarrollo Rural Sustentable
Artículo
61

Artículo 61 de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno de México, los estados y los municipios van a hacer acuerdos entre ellos para construir carreteras, sistemas de riego, bodegas y otras obras que ayuden a que el campo produzca más y mejor. También van a echarle la mano a los agricultores y a sus grupos o cooperativas para que consigan maquinaria, equipo o dinero para fortalecer sus negocios. Este apoyo aplica desde que siembran, hasta que transforman sus productos (como hacer mermelada de fruta) o los venden. En pocas palabras, buscan que los productores tengan más herramientas y oportunidades para crecer.

Texto oficial

Artículo 61.- Los gobiernos federal, estatales y municipales, mediante los convenios que suscriban, promoverán la creación de obras de infraestructura que mejoren las condiciones productivas del campo; asimismo, estimularán y apoyarán a los productores y sus organizaciones económicas para la capitalización de sus unidades productivas, en las fases de producción, transformación y comercialización.

Ver texto oficial de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable (pág. 28) ↗

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