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Ley
LEY de Desarrollo Rural Sustentable
Artículo
64

Artículo 64 de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno federal va a poner dinero para apoyar el campo, según lo que tenga aprobado en su presupuesto. Los gobiernos de los estados y los municipios también pueden agregar más dinero si quieren. Ese dinero se usará para tres cosas: primero, ayudar a los productores a cambiar sus cultivos o modernizar su equipo y compartir el riesgo de esas inversiones. Segundo, dar apoyos extra cuando hagan falta productos básicos para el país, como maíz o frijol. Tercero, financiar proyectos o trabajos que sirvan para que el campo produzca más y cuide el medio ambiente.

Texto oficial

Artículo 64.- El Ejecutivo Federal aportará recursos, de acuerdo al Presupuesto de Egresos de la Federación, que podrán ser complementados por los que asignen los gobiernos de las Entidades Federativas y de los Municipios, los cuales tendrán por objeto: I. Compartir el riesgo de la reconversión productiva y las inversiones de capitalización; II. Concurrir con los apoyos adicionales que en cada caso requieran los productores para el debido cumplimiento de los proyectos o programas de fomento, especiales o de contingencia, con objeto de corregir faltantes de los productos básicos destinados a satisfacer necesidades nacionales; y III. Apoyar la realización de inversiones, obras o tareas que sean necesarias para lograr el incremento de la productividad del sector rural y los servicios ambientales.

Ver texto oficial de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable (pág. 28) ↗

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