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Ley
LEY de Desarrollo Rural Sustentable
Artículo
90

Artículo 90 de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Gobierno Federal, junto con el Consejo Mexicano, va a decidir por cuánto tiempo y con cuánto dinero se va a apoyar a los productores del campo. Para que un productor pueda recibir ese apoyo, tendrá que cumplir ciertos requisitos, como no rebasar un límite de terreno o demostrar que cumple con lo que piden las reglas. También se va a establecer cómo resolver cualquier pleito o problema que surja por los apoyos, y para eso van a intervenir los distritos de desarrollo rural, que son las oficinas del gobierno encargadas de ayudar en esas zonas. Todo esto estará escrito en las reglas de operación para que quede bien claro.

Texto oficial

Artículo 90.- El Gobierno Federal, con la participación del Consejo Mexicano, establecerá la vigencia del apoyo al productor, previendo en sus reglas de operación, cuando menos: I. Tiempo durante el cual se otorgará el apoyo; II. Monto de los apoyos; III. Límites de extensión u otros, para poder recibir el apoyo, así como los requisitos para acreditar lo anterior; y IV. Forma de resolver las controversias que se originen con motivo de los apoyos mediante la intervención de los distritos de desarrollo rural. CAPÍTULO VIII De la Sanidad Agropecuaria

Ver texto oficial de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable (pág. 33) ↗

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