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Artículo 94 de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El gobierno, a través del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA), se encarga de revisar en puertos y fronteras que productos como plantas, animales, maderas y empaques cumplan con las normas de sanidad para evitar plagas, enfermedades o riesgos a la salud. También coopera con la Secretaría de Hacienda para evitar que entren al país productos de manera ilegal que puedan ser un peligro sanitario. Además, un grupo de varias dependencias del gobierno, junto con el Consejo Mexicano, definen regiones sanitarias donde se aplican medidas uniformes para que sea más fácil mover productos dentro de esa zona sin problemas. Para vigilar que no pasen animales, plantas o sus derivados entre regiones con diferente nivel sanitario, el gobierno pone puestos de revisión en las carreteras (llamados cordones sanitarios) con el equipo necesario para hacer la inspección.

Texto oficial

Artículo 94.- Mediante el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agropecuaria y Alimentaria se garantizará la inspección en puertos y fronteras, para la verificación del cumplimiento de las normas aplicables a los productos vegetales, animales, maderas, embalajes y en general, a cualquier bien de origen animal y vegetal que represente riesgos de interés cuarentenario, biológico o de salud pública, adicionalmente intercambiará información y establecerá la coordinación necesaria con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para evitar el ingreso irregular de productos, dado el riesgo sanitario que representan. La Comisión Intersecretarial, con la participación del Consejo Mexicano, con objeto de regionalizar las acciones en materia de sanidad agropecuaria, definirá regiones fitozoosanitarias al interior de las cuales las acciones y programas de sanidad se orientarán a uniformizar la condición sanitaria de la producción, con objeto de facilitar la movilización intrarregional y acreditar las normas y sus avances de aplicación en LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 07-06-2024 34 de 75 el marco de las convenciones internacionales, con base en los criterios de regionalización previstos en ellos. Para delimitar las regiones fitozoosanitarias y realizar la inspección de la movilización interregional de los animales, plantas, productos y subproductos agropecuarios, el Gobierno Federal llevará a cabo la instalación de la infraestructura necesaria y su equipamiento, que constituirán los cordones sanitarios de inspección federal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 33) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.