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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LDSC/19
Ley
LEY de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura
Artículo
19

Artículo 19 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (dependencia del gobierno federal) puede hacer acuerdos con gobiernos estatales, municipales y con empresas u organizaciones para que ayuden a mantener el Sistema de información actualizado y confiable. Esto aplica tanto para instituciones públicas como privadas. Es como pedirles apoyo para que la información esté completa y correcta.

Texto oficial

Artículo 19. La Secretaría podrá convenir con los gobiernos de las entidades federativas, los municipios, así como con instituciones y organizaciones públicas y privadas, su colaboración para la integración y actualización confiable de dicho Sistema.

Ver texto oficial de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura (pág. 10) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.