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Ley
LEY de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura
Artículo
24

Artículo 24 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada del campo) es la que debe crear, dirigir y revisar el plan para apoyar la producción de café en México. También tiene que proponer formas nuevas de conseguir dinero, asesoría y ayuda técnica, siempre y cuando haya presupuesto disponible. Todo esto es para que los productores, procesadores y vendedores de café puedan obtener los apoyos que da el Gobierno Federal.

Texto oficial

Artículo 24. Corresponde a la Secretaría formular, conducir y evaluar la política pública para el impulso a la cafeticultura mexicana, así como proponer acciones, programas o mecanismos innovadores de financiamiento, servicios de asesoría y acompañamiento técnico, con base en la disponibilidad presupuestal, que permitan a los eslabones de la cadena productiva del café acceder a apoyos establecidos por el Gobierno Federal.

Ver texto oficial de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura (pág. 10) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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