Artículo 4 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que para aplicar esta ley del café se deben seguir ciertos principios. Primero, hay que cuidar que la producción sea sostenible para el ambiente, la economía y la sociedad, sin dejar de lado a los productores. También se debe impulsar la tecnología y la innovación en el cultivo, y adaptar las políticas públicas a las características de cada región cafetalera. Es importante que trabajen juntos el gobierno, las empresas y las organizaciones sociales para lograr que el café sea accesible para los consumidores, pero que al mismo tiempo les permita a los productores ganar lo suficiente y ser sostenibles. Por último, se busca promover el café mexicano como un producto de calidad, seguro (inocuo), básico y estratégico, para que pueda llegar a mercados más innovadores y competitivos.
Texto oficial
Artículo 4. La aplicación de la presente Ley se hará con base en los siguientes principios: I. La sustentabilidad ambiental, económica y social de la producción y las personas productoras; II. La innovación y el desarrollo tecnológico en el cultivo del café; III. La articulación de las políticas públicas de conformidad con las características y diversidad de las regiones en donde se cultiva el café; IV. La articulación y colaboración de los sectores público, social y privado en la producción del café; V. Establecimiento de políticas que al mismo tiempo que favorezcan precios accesibles del café a las personas consumidoras, permitan a las personas productoras alcanzar la sustentabilidad económica, social y ambiental del cultivo de café, y VI. El fomento y apreciación del café mexicano como un producto de calidad, inocuo, básico y estratégico, con la posibilidad de acceder a mercados de mayor innovación, valor y competitividad.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.