Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 43 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Comisión tiene la facultad de sugerirle a la Secretaría un plan para promover el café mexicano. Ese plan debe resaltar las distintas microrregiones donde se produce, mostrando que cada una da un sabor y una calidad únicos. La idea es que se reconozca esa variedad tanto en México como en el extranjero. En pocas palabras, buscan que el café de cada región se venda por sus características especiales.

Texto oficial

Artículo 43. La Comisión podrá proponer a la Secretaría un plan de promoción del consumo de café de México, que distinga la producción de café en distintas microrregiones por sus diferentes perfiles de taza y de calidad reconocida en el mercado nacional e internacional.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.