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Artículo 42 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Comisión va a sugerirle a la Secretaría unos programas especiales para ayudar a que más productores y sus grupos puedan vender sus productos tanto en México como en otros países. Esto lo harán tomando en cuenta cosas como que el producto sea de buena calidad, tenga precios justos y se produzca de manera ecológica o responsable, entre otras características importantes.

Texto oficial

Artículo 42. La Comisión propondrá a la Secretaría programas especiales para promover que más personas productoras y asociaciones accedan a los mercados nacionales e internacionales con base en la calidad del producto, precios competitivos y procesos sustentables, entre otros criterios.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.