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Ley
LEY de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar
Artículo
145

Artículo 145 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando vayas a demandar o a responder una demanda en la Junta de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, tienes que poner en tu escrito una dirección dentro de la misma ciudad para que te envíen por correo o por un mensajero cualquier notificación sobre tu caso. Si no pones esa dirección, entonces todas las notificaciones las publicarán en una lista en la Junta, y tú mismo tendrás que ir a revisarla para estar al tanto de lo que pasa. Esto aplica para los acuerdos que tome la Junta y para las decisiones finales (laudos). Así que asegúrate de dar una dirección válida en la CDMX, o de lo contrario perderás avisos importantes.

Texto oficial

Artículo 145.- Las partes deberán señalar en su escrito de demanda o de contestación domicilio ubicado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a efecto de que se les notifiquen los acuerdos y laudos dictados por la Junta Permanente, de no hacerlo, las notificaciones se les harán por lista.

Ver texto oficial de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar (pág. 38) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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