Artículo 32 de la LEY de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría va a dar cursos a los Ministerios de Defensa de otros países. Esto es para que personal de esos países venga a estudiar a las escuelas militares de México. Así, personas de otras naciones pueden aprender en nuestras instituciones de educación militar.
Texto oficial
Artículo 32.- La Secretaría ofrecerá los cursos a los Ministerios de Defensa de otros países para que el personal extranjero realice estudios en las Instituciones de Educación Militar.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.