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Ley
LEY de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
Artículo
33

Artículo 33 de la LEY de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres extranjero y quieres entrar al Sistema Educativo Militar, tienes que cumplir con los requisitos que ponga la Secretaría en la convocatoria. La convocatoria es como un aviso oficial donde se explican los pasos y documentos que necesitas. Básicamente, no puedes entrar por tu cuenta, sino siguiendo las reglas que ellos publiquen.

Texto oficial

Artículo 33.- El personal extranjero que ingrese al Sistema Educativo Militar deberá sujetarse a los requisitos que emita la Secretaría en la convocatoria respectiva.

Ver texto oficial de la LEY de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional (pág. 6) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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