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Ley
LEY de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
Artículo
34

Artículo 34 de la LEY de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los estudiantes extranjeros que reciban una beca para estudiar en las escuelas militares de México tienen que seguir las mismas reglas que los alumnos mexicanos. Esas reglas incluyen cómo se portan, cómo estudian y cómo funciona su día a día en la escuela. Todo lo que tienen que hacer o no hacer lo dicen los reglamentos propios de cada plantel militar donde estén tomando clases.

Texto oficial

Artículo 34.- Los becarios extranjeros estarán sujetos a las disposiciones académicas, disciplinarias y administrativas que para el efecto señalen los reglamentos de las Instituciones de Educación Militar en donde realicen sus estudios. LEY DE EDUCACIÓN MILITAR DEL EJÉRCITO, FUERZA AÉREA Y GUARDIA NACIONAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-07-2025 7 de 14

Ver texto oficial de la LEY de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional (pág. 6) ↗

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