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Artículo 37 de la LEY de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si eres extranjero y recibiste una beca para estudiar en una institución militar mexicana, cuando termines tus estudios o te des de baja, tienes que regresar a tu país de origen. No puedes quedarte ni formar parte del Ejército, la Fuerza Aérea o la Guardia Nacional, sin importar la razón. Es una regla que aplica para todos los becarios de otros países.

Texto oficial

Artículo 37.- El personal becario extranjero deberá reincorporarse a su país de origen y por ningún motivo podrá pertenecer o permanecer en el Ejército, Fuerza Aérea o Guardia Nacional, una vez finalizados sus estudios o causado baja de la Institución de Educación Militar correspondiente. Artículo reformado DOF 16-07-2025

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.