Artículo 8 de la LEY de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de la Defensa Nacional consigue a su personal militar capacitado mediante la educación y el adiestramiento dentro del Ejército y la Fuerza Aérea. Esto lo hace para que los soldados y pilotos puedan cumplir con todas las tareas que les tocan, como defender al país o apoyar en emergencias. Además, también sirve para que la Guardia Nacional, que es la policía especializada en seguridad pública, pueda hacer su trabajo correctamente. En pocas palabras, este artículo dice que el Ejército y la Fuerza Aérea entrenan a su propia gente para estar listos para cualquier misión, incluidas las de la Guardia Nacional.
Texto oficial
Artículo 8.- La Secretaría satisface sus necesidades de recursos humanos profesionales, a través de la educación militar, a fin de estar en capacidad de cumplir con las misiones generales del Ejército y Fuerza Aérea; así como, los fines y atribuciones de la Guardia Nacional. Artículo reformado DOF 16-07-2025
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.