Artículo 9 de la LEY de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Dirección y Rectoría solo puede usar el dinero que la Secretaría le autorice. Es decir, no tiene libertad para gastar lo que quiera, sino que recibe un presupuesto fijo de arriba. La "Secretaría" aquí se refiere a una dependencia del gobierno, como una oficina principal. Todo el gasto está controlado y aprobado por esa instancia superior. En pocas palabras, la Dirección maneja los recursos, pero no decide cuánto le toca.
Texto oficial
Artículo 9.- La Dirección y Rectoría dispondrá de los recursos presupuestales que le sean asignados por conducto de la Secretaría. CAPÍTULO II DEL SISTEMA EDUCATIVO MILITAR
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.