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Ley
LEY de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
Artículo
9

Artículo 9 de la LEY de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección y Rectoría solo puede usar el dinero que la Secretaría le autorice. Es decir, no tiene libertad para gastar lo que quiera, sino que recibe un presupuesto fijo de arriba. La "Secretaría" aquí se refiere a una dependencia del gobierno, como una oficina principal. Todo el gasto está controlado y aprobado por esa instancia superior. En pocas palabras, la Dirección maneja los recursos, pero no decide cuánto le toca.

Texto oficial

Artículo 9.- La Dirección y Rectoría dispondrá de los recursos presupuestales que le sean asignados por conducto de la Secretaría. CAPÍTULO II DEL SISTEMA EDUCATIVO MILITAR

Ver texto oficial de la LEY de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional (pág. 3) ↗

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