Artículo 23 de la LEY de Educación Naval
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría, a través del Estado Mayor General de la Armada y junto con la Autoridad Educativa Naval, va a ofrecer estudios en todo México y en el extranjero. Estos estudios forman parte del Sistema Educativo, y sirven para que haya intercambios académicos en escuelas navales, según los acuerdos que se hayan firmado. Si alguien de la Armada estudia en otro país, sus estudios serán reconocidos oficialmente por las autoridades educativas, para ver a qué nivel académico equivalen. En pocas palabras, aseguran que lo que estudies en el extranjero te sirva aquí.
Texto oficial
Artículo 23. La Secretaría por conducto del Estado Mayor General de la Armada y en coordinación con la Autoridad Educativa Naval, ofrecerá a nivel nacional e internacional los estudios previstos en el Sistema Educativo, para que realicen los intercambios académicos en los Establecimientos Educativos Navales, de conformidad con los convenios suscritos. Los estudios que realice el personal naval, en el extranjero, serán validados por las Autoridades Educativas competentes, a fin de determinar el grado académico que corresponda.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.