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Artículo 113 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El jefe o la jefa de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) tiene que mandar cada seis meses un informe al Congreso y al Presidente. Este informe debe estar aprobado primero por el Consejo de Administración de la CFE y tiene que explicar cómo se está usando el dinero que la empresa pidió prestado (endeudamiento). En el informe deben incluir si los proyectos en los que se gastó ese dinero son rentables, cuáles son las condiciones del préstamo, cómo se maneja el efectivo disponible, los planes de gasto y pagos, y los riesgos que existen. Es una forma de que el gobierno sepa que la CFE está usando bien el dinero que debe.

Texto oficial

Artículo 113.- La persona titular de la Dirección General de la Comisión Federal de Electricidad debe remitir un informe semestral, aprobado por el Consejo de Administración, al Congreso de la Unión y a la persona titular del Ejecutivo Federal sobre el uso del endeudamiento de la empresa, fundamentalmente respecto de la rentabilidad de los proyectos; sus condiciones financieras; el manejo de disponibilidades asociadas al endeudamiento; calendarios de ejecución y desembolsos y perfil de riesgos. Capítulo VIII Sostenibilidad

Ver ley oficial en el DOF (pág. 39) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.