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Artículo 16 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Comisión Federal de Electricidad (CFE) tiene que hacer y actualizar cada año un plan llamado Programa de Desarrollo, que mire hacia adelante 5 años y también piense en lo que podría pasar en 15 años. Ese plan debe incluir varios puntos importantes, como los objetivos para asegurar que no falte luz en México, las estrategias para usar energías limpias y renovables, los proyectos de inversión y tecnología, un análisis de cómo está la empresa en dinero y operación, y los riesgos que podría enfrentar, como cambios en la economía o en la oferta y demanda. Además, la CFE está obligada a publicar una versión de este plan en su página de internet, pero sin mostrar información que pueda dañar su funcionamiento o sus estrategias de negocio.

Texto oficial

Artículo 16.- El Programa de Desarrollo de la Comisión Federal de Electricidad se debe elaborar y actualizar anualmente, con un horizonte de cinco años y una prospectiva de quince años y debe contener al menos: I. Los objetivos, líneas y oportunidades de desarrollo, para garantizar el suministro de energía eléctrica al pueblo de los Estados Unidos Mexicanos y procurar la justicia energética, el fortalecimiento, seguridad y confiabilidad del Sistema Eléctrico Nacional; II. Las principales estrategias, acciones, proyectos, iniciativas y metas para alcanzar el desempeño sustentable y sostenible de las actividades de la empresa pública del Estado, así como información sobre el uso de fuentes de energías limpias y renovables en el desarrollo de sus actividades, operaciones y servicios para el cumplimiento de su objeto; III. Las principales estrategias comerciales, financieras y de inversiones, los proyectos de gran magnitud, de transición energética y de mejora tecnológica, así como las adquisiciones prioritarias; IV. Un diagnóstico de su situación operativa y financiera, así como los resultados e indicadores de desempeño, y V. Los principales escenarios de riesgos estratégicos y comerciales de la empresa, considerando, entre otros aspectos, el comportamiento de la economía a mediano y largo plazo, innovaciones tecnológicas, así como tendencias en la oferta y demanda. La Comisión Federal de Electricidad debe difundir en su portal de Internet una versión pública de su Programa de Desarrollo, la cual no debe contener información que pudiera comprometer o poner en riesgo su operación y estrategias comerciales. Sección Segunda Integración y funcionamiento

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.