Artículo 48 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Comité de Sostenibilidad es un grupo de la Comisión Federal de Electricidad (CFE). Lo encabeza cada año una persona diferente que sea consejera independiente (es decir, sin relación directa con la empresa). Lo forman al menos los titulares de las Secretarías de Energía, Hacienda y Medio Ambiente. Su trabajo es proponer al Consejo de Administración ideas y reglas sobre temas ambientales, sociales y de mejora de la CFE. También revisa riesgos, promueve la transparencia y asegura que la empresa siga las mejores prácticas para obtener mejores préstamos y cumplir con la ley, presentando informes cada año y actualizando su plan cada tres años.
Texto oficial
Artículo 48.- El Comité de Sostenibilidad es presidido por una persona consejera independiente de manera rotatoria anual, lo integran al menos las personas titulares de las Secretarías de Energía, de Hacienda y Crédito Público y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y tiene a su cargo las siguientes funciones: I. Proponer al Consejo de Administración, para su aprobación y aplicación transversal, las estrategias, las directrices, prioridades y políticas generales en materia ambiental, social y de fortalecimiento institucional, así como cualquier otro aspecto de sostenibilidad vinculado a las operaciones de la Comisión Federal de Electricidad y, en su caso, empresas filiales; II. Analizar y evaluar los principales riesgos y oportunidades en materia ambiental, social y de fortalecimiento institucional, así como de cualquier otro aspecto de sostenibilidad, y proponer acciones para su atención, de acuerdo con los marcos y estándares aceptados a nivel internacional y nacional, de conformidad con la regulación aplicable y alineado con el Programa de Desarrollo de la Comisión Federal de Electricidad; III. Proponer al Consejo de Administración recomendaciones para la adopción y seguimiento de las mejores prácticas internacionales, estándares y certificaciones en materia ambiental, social y de fortalecimiento institucional, o de cualquier otro aspecto relacionado con la sostenibilidad a fin de atender los requerimientos regulatorios de las autoridades financieras que, a su vez, permitan acceder a mejores condiciones de financiamiento; IV. Revisar y opinar sobre los informes en materia de sostenibilidad para su presentación al Consejo de Administración, así como emitir observaciones o propuestas de mejora, los cuales deben presentarse de forma anual; V. Promover la transparencia de información en materia ambiental, social y de fortalecimiento institucional, así como cualquier otro aspecto de sostenibilidad, en alineación con lo establecido en los marcos y estándares en la materia aceptados a nivel nacional e internacional; VI. Revisar y opinar sobre el plan de sostenibilidad de la Comisión Federal de Electricidad, así como asegurar su alineación con los compromisos en materia ambiental, social y de fortalecimiento institucional y los marcos y estándares aceptados a nivel nacional e internacional, éste debe actualizarse al menos cada tres años; VII. Proponer al Consejo de Administración la aprobación del Reporte Anual de Sostenibilidad de conformidad con la normatividad aplicable, y VIII. Las demás que determine el Consejo de Administración. Capítulo III De la Dirección General
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.