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Artículo 53 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 53 explica quiénes se encargan de revisar y vigilar cómo trabaja la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y sus empresas hijas. Estas revisiones las hacen tres grupos diferentes: primero, el Comité de Auditoría; segundo, la Auditoría Interna (que son personas de la misma empresa que revisan); y tercero, la Auditoría Externa (que son personas de fuera, independientes, que verifican las cuentas). En pocas palabras, dice que la CFE debe ser supervisada por estos tres equipos para asegurarse de que todo esté en orden.

Texto oficial

Artículo 53.- La vigilancia y auditoría de la Comisión Federal de Electricidad y, en su caso, de las empresas filiales se debe realizar por: I. El Comité de Auditoría; II. La Auditoría Interna, y III. La Auditoría Externa.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.