Artículo 65 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión Federal de Electricidad (CFE) puede hacer contratos con sus propias empresas o con otras compañías para instalar, mantener o ampliar los cables y equipos necesarios para llevar la luz a tu casa. También puede hacer alianzas con otras empresas, como crear nuevas compañías o tener una parte pequeña de un negocio, siempre y cuando no vaya contra la ley. Esto aplica igual para lo que dice la Ley del Sector Eléctrico. En pocas palabras, la CFE puede asociarse o contratar a otros para asegurarse de que la electricidad llegue a todos.
Texto oficial
Artículo 65.- La Comisión Federal de Electricidad, con el propósito de realizar las actividades de transmisión y distribución de energía eléctrica en términos de la ley de la materia, puede: I. Celebrar contratos con sus empresas filiales o con particulares para llevar a cabo, entre otros, instalación, mantenimiento y ampliación de la infraestructura necesaria para prestar los servicios mencionados en este precepto, y II. En los casos que pretenda realizar las actividades en asociación o alianza con terceros, puede hacerlo mediante la creación o participación en empresas filiales, la participación minoritaria en otras sociedades, o las demás formas de asociación que no sean contrarias a la Ley. Lo anterior, también es aplicable en los supuestos a que se refiere la Ley del Sector Eléctrico.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.