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Ley
LEY de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos
Artículo
100

Artículo 100 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Petróleos Mexicanos puede decidir cómo gastar su dinero sin pedir permiso, pero tiene un límite: solo puede gastar lo que la Cámara de Diputados le autorice, sobre todo en sueldos y gastos del personal. Para todo lo demás, debe seguir reglas especiales que están en esta ley. Si hay algo que esta ley no mencione, Pemex debe crear sus propias reglas, siempre cuidando principios como la honestidad, la eficiencia y la transparencia al manejar sus bienes y recursos.

Texto oficial

Artículo 100.- Petróleos Mexicanos cuenta con autonomía presupuestaria, y se sujeta solo al balance financiero y al techo de gasto de servicios personales que, a propuesta de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público apruebe la Cámara de Diputados, así como al régimen especial en materia presupuestaria previsto en el presente Capítulo. En todo lo no previsto en el presente Capítulo, resulta aplicable la regulación que conforme a la presente Ley emita el Consejo de Administración, observando los principios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, sostenibilidad y rendición de cuentas en la administración de sus bienes y recursos.

Ver texto oficial de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos (pág. 33) ↗

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