Artículo 124 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Petróleos Mexicanos (Pemex) está obligado a entregarle a la Secretaría de Energía toda la información que le pida, y debe hacerlo en los tiempos que la Secretaría le indique. Esa información tiene que servir para que la Secretaría pueda planear el sector energético, crear políticas públicas, darles seguimiento y asegurarse de que las actividades importantes del gobierno en energía se hagan correctamente. También debe entregar información a la Comisión Nacional de Energía cuando se la soliciten, siguiendo las reglas que ya están establecidas. En pocas palabras, Pemex tiene que cooperar y compartir datos con estas dependencias para que el gobierno pueda tomar buenas decisiones.
Texto oficial
Artículo 124.- Petróleos Mexicanos debe entregar a la Secretaría de Energía la información que le solicite, dentro de los plazos que al efecto establezcan. Dicha información debe referirse a, o estar relacionada con, aquellos aspectos que le permitan a la Secretaría de Energía realizar las funciones de programación sectorial, diseñar, formular y dar seguimiento a políticas públicas, planear y conducir debidamente la realización de actividades estratégicas y prioritarias a cargo del Estado, y ejercer las funciones en materia de rectoría económica del Estado, en términos de las disposiciones y conforme a las leyes aplicables. Petróleos Mexicanos debe entregar a la Secretaría de Energía y a la Comisión Nacional de Energía, la información que le requieran, en términos de las disposiciones aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.