Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 73 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos (Pemex) y su Comité de Recursos Humanos deben seguir estas reglas cuando decidan los sueldos y prestaciones de los trabajadores: I. Los sueldos deben ser parecidos a los que se pagan en otras empresas del mismo tipo de industria, para que Pemex pueda contratar y retener a los mejores empleados, usando las tablas de sueldos ya aprobadas. II. Pueden dar bonos o pagos extra a los trabajadores que cumplan sus metas, siempre y cuando se evalúe su desempeño. III. El objetivo de los sueldos es reconocer el esfuerzo y la aportación de los empleados para que la empresa logre sus metas, también con base en las tablas autorizadas. IV. Para gastar el dinero destinado a sueldos, Pemex debe seguir las reglas que marca la ley en el capítulo correspondiente.

Texto oficial

Artículo 73.- Al ejercer sus funciones en materia de remuneraciones del personal de Petróleos Mexicanos, el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos y su Comité de Recursos Humanos, Remuneraciones y Austeridad, de acuerdo con el presupuesto de servicios personales aprobado, deben observar lo siguiente: I. Las remuneraciones para el personal se deben calcular de manera equivalente a las existentes en la industria o actividad de que se trate y que permitan que las empresas cuenten y conserven las personas trabajadoras idóneas para cumplir eficazmente con su objeto, conforme a los tabuladores aprobados; II. La política de recursos humanos puede prever el otorgamiento de incentivos o de percepciones extraordinarias por el cumplimiento de metas sujetas a la evaluación del desempeño; III. La política de remuneraciones tiene como objetivo reconocer el esfuerzo laboral y la contribución de las personas trabajadoras al logro de los objetivos de la empresa, conforme a los tabuladores aprobados, y IV. En el ejercicio del presupuesto de servicios personales, Petróleos Mexicanos se sujeta a lo dispuesto en el Capítulo VI del Título Cuarto y demás disposiciones aplicables de esta Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 24) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.