Artículo 78 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Petróleos Mexicanos (Pemex) tiene que comprar, rentar o contratar servicios y obras siguiendo lo que dice el artículo 134 de la Constitución. Esto significa que debe hacerlo buscando siempre ahorrar, ser eficaz y eficiente, actuar con imparcialidad y ser honrado. El objetivo es conseguir lo mejor para el país en precio, calidad, financiamiento y tiempos, según el tipo de contrato. Para esto, Pemex solo usa las reglas de su propia ley, no las leyes generales de compras y obras del gobierno.
Texto oficial
Artículo 78.- Petróleos Mexicanos realiza las adquisiciones, arrendamientos, contratación de servicios y obras que requiera en términos de lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con sujeción a los principios de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez, a efecto de LEY DE LA EMPRESA PÚBLICA DEL ESTADO, PETRÓLEOS MEXICANOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 18-03-2025 26 de 44 asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes de acuerdo con la naturaleza de la contratación. A las adquisiciones, arrendamientos, contratación de servicios y obras de cualquier naturaleza que debe realizar Petróleos Mexicanos les son aplicables las disposiciones que al efecto establece esta Ley y las demás que deriven de la misma. No le son aplicables la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público ni la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.