Artículo 97 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si trabajaste en Pemex o en alguna de sus empresas hijas, al salir de tu puesto tienes que cumplir dos reglas durante los dos años siguientes: primero, no puedes usar tu antigua influencia o contacto para sacar ventaja para ti, tu esposa(o), familiares sin importar el parentesco, socios o personas con las que hayas tenido negocios, trabajo o relaciones profesionales. Segundo, no debes aprovechar para ti o para otros la información o documentos confidenciales que conociste por tu trabajo, a menos que ya sean públicos. Además, mientras estés en el puesto, debes guardar secreto sobre esa información igual que lo dice el artículo 30 de esta ley.
Texto oficial
Artículo 97.- El personal de Petróleos Mexicanos y de sus empresas filiales, que deje de desempeñar su empleo, cargo o comisión en las mismas, debe observar, hasta dos años después de haber concluido sus funciones, lo siguiente: I. En ningún caso, debe aprovecharse de su influencia u obtener alguna ventaja derivada de la función que desempeñaba, ya sea para sí o para su cónyuge, parientes consanguíneos o por afinidad sin límite de grado, o para terceras personas con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que él o las personas antes referidas formen o hayan formado parte, y II. No usar, en provecho propio o de terceras personas, la información o documentación a la que haya tenido acceso en su empleo, cargo o comisión y que no sean del dominio público. El personal de Petróleos Mexicanos y de sus empresas filiales, debe observar la obligación de confidencialidad respecto de la información y documentación a la que tenga acceso con motivo de sus funciones, en los mismos términos a que se refiere el párrafo segundo del artículo 30 de esta Ley. LEY DE LA EMPRESA PÚBLICA DEL ESTADO, PETRÓLEOS MEXICANOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 18-03-2025 33 de 44
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