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Ley
LEY de la Economía Social y Solidaria
Artículo
21

Artículo 21 de la LEY de la Economía Social y Solidaria

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo es un grupo dentro del Instituto que está formado por varias personas, no solo del gobierno, para que la ciudadanía pueda opinar. Su trabajo es revisar y sugerir ideas o medidas que ayuden a que el Programa de Fomento a la Economía Social se cumpla bien. Esto se aprobó con un cambio a la ley en junio de 2013. En pocas palabras, es un equipo que vigila y propone mejoras para apoyar proyectos de la economía social.

Texto oficial

Artículo 21. El Consejo es el órgano del Instituto de participación ciudadana y conformación plural, que tendrá por objeto analizar y proponer acciones que incidan en el cumplimiento del Programa de Fomento a la Economía Social. Artículo reformado DOF 11-06-2013

Ver texto oficial de la LEY de la Economía Social y Solidaria (pág. 9) ↗

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