Artículo 26 de la LEY de la Economía Social y Solidaria
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo puede pedir ayuda a otras oficinas del gobierno federal, estatal o municipal, así como a grupos de la sociedad o personas comunes y corrientes. Esto significa que no trabaja solo: si necesita información o apoyo para hacer su labor, puede buscarlo con organizaciones civiles y ciudadanos. Es como cuando pides una mano a conocidos para terminar un trabajo más rápido. La ley le da permiso para aliarse con quien sea necesario.
Texto oficial
Artículo 26. El Consejo podrá recibir la colaboración de otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de los gobiernos estatales y municipales, de organizaciones civiles y de particulares. Artículo reformado DOF 11-06-2013
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.