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Artículo 27 de la LEY de la Economía Social y Solidaria

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Instituto está obligado a ayudar al Consejo cuando este lo necesite para hacer su trabajo. Significa que deben compartir información, dar apoyo técnico o lo que se requiera para que el Consejo pueda cumplir con sus funciones. Es como cuando un compañero de trabajo te echa la mano con lo que necesitas para sacar adelante tu parte. No es un favor, es una obligación que está en la ley.

Texto oficial

Artículo 27. El Instituto prestará al Consejo la colaboración necesaria para el ejercicio de sus funciones. Artículo reformado DOF 11-06-2013

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.