Artículo 49 de la LEY de la Economía Social y Solidaria
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla de empresas donde el gobierno tiene la mayor parte del control, como Pemex o la CFE. Para estas empresas, aplican leyes especiales que ya existen, como las que regulan cómo se administran o venden sus bienes. Si el gobierno decide vender o desaparecer una de estas empresas, las autoridades deben tomar en cuenta a los empleados. Es decir, los trabajadores, ya sea a través de sindicatos o cooperativas nuevas, tienen prioridad para quedarse con los bienes o la empresa cuando esta se transfiera a manos privadas.
Texto oficial
Artículo 49. Tratándose de empresas de participación estatal mayoritaria, se estará a lo dispuesto por la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público y a las demás disposiciones legales que le resulten aplicables. Cuando dichas empresas se encuentren en proceso de desincorporación, las autoridades competentes deberán tomar en cuenta a los trabajadores, a través de las organizaciones o empresas del sector ya existentes o las que sean constituidas para tal efecto, para ser considerados en la transferencia de los bienes de estas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.