- Ley
- LEY de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
- Artículo
- 4
Artículo 4 de la LEY de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los Fondos de Aseguramiento (como cajas de ahorro o seguros entre agricultores o ganaderos) solo pueden funcionar con su propio dinero guardado, con pólizas de reaseguro (seguros para sus seguros) o con apoyos especiales previstos en la ley. El Gobierno Federal y las empresas del gobierno no se hacen responsables si estos fondos pierden dinero o no cumplen lo prometido a sus socios. En otras palabras, si tú eres socio de uno de estos fondos, el gobierno no te va a responder si algo sale mal. La responsabilidad es solo del fondo y sus acuerdos, no de las autoridades.
Texto oficial
Artículo 4o. Las operaciones que realicen los Fondos de Aseguramiento estarán respaldadas por sus propias reservas técnicas, por los contratos de reaseguro y coaseguro y, en su caso, por el Fondo de Protección y los Fondos de Retención Común de Riesgos, en los términos previstos en esta Ley, por lo que el Gobierno Federal y las Entidades de la Administración Pública Paraestatal no podrán responsabilizarse ni garantizar el resultado de las operaciones que realicen los Fondos de Aseguramiento ni los Organismos Integradores, así como tampoco asumir responsabilidad alguna respecto del cumplimiento de las obligaciones contraídas con sus socios.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.