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Artículo 54 de la LEY Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La subasta (como una venta pública donde gana quien ofrece más) se maneja casi igual que una licitación pública (un concurso para elegir al mejor postor), pero solo aplican las reglas de la licitación que no choquen con las reglas especiales de la subasta. Esto quiere decir que, además de las reglas generales que ya existen en otras partes de la ley, la subasta usa como base el proceso de la licitación pública, siempre y cuando no se contradigan. Así, no tienes que aprender reglas totalmente nuevas, solo adaptar lo que ya se usa en licitaciones.

Texto oficial

Artículo 54.- Sin perjuicio de la aplicación de las disposiciones previstas en los Capítulos I y III del presente Título, serán aplicables a la subasta las disposiciones que correspondan a la licitación pública, en lo que no contravengan a su regulación específica. Sección III Del Remate

Ver ley oficial en el DOF (pág. 22) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.