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Artículo 57 de la LEY Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La postura legal es la cantidad mínima de dinero que debes ofrecer para participar en una subasta o remate. Esa cantidad debe ser igual o mayor a dos tercios del precio base del bien que se vende. Por ejemplo, si un coche tiene un precio base de 30,000 pesos, tu oferta debe ser al menos de 20,000 pesos. Esto asegura que las ofertas sean serias y no demasiado bajas. En pocas palabras, es un requisito de participación en la compra.

Texto oficial

Artículo 57.- Postura legal es la que cubre, al menos, las dos terceras partes del precio base de venta del bien.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 22) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.