Artículo 10 de la LEY Federal de Austeridad Republicana
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo quiere decir que, como regla general, las oficinas del gobierno no pueden gastar más dinero del que ya gastaron el año pasado en cosas como teléfonos, gasolina, rentas, viajes, muebles o papelería. Solo pueden gastar un poco más si es para ajustarse al aumento de precios o inflación. Si una dependencia necesita gastar aún más, debe pedirle permiso a la Secretaría de Hacienda y explicarle muy bien por qué es necesario.
Texto oficial
Artículo 10. En tanto no se autoricen nuevos programas o se amplíen las metas de los existentes, los gastos por concepto de telefonía, telefonía celular, fotocopiado, combustibles, arrendamientos, viáticos, alimentación, mobiliario, remodelación de oficinas, equipo de telecomunicaciones, bienes informáticos, papelería, pasajes, congresos, convenciones, exposiciones y seminarios, necesarios para cumplir la función de cada dependencia y organismo, no podrán exceder de los montos erogados en el ejercicio presupuestal inmediato anterior, una vez considerados los incrementos en precios y tarifas oficiales o la inflación. Lo anterior, salvo las autorizaciones presupuestales que otorgue la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, previa justificación. Reforma DOF 16-04-2025: Derogó del artículo el entonces párrafo segundo
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.