Artículo 22 de la LEY Federal de Austeridad Republicana
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo prohíbe usar dinero del gobierno para pagar jubilaciones, pensiones o seguros médicos privados que no estén autorizados por la ley o los contratos de trabajo. Tampoco se pueden dar pensiones extra al presidente de la República, aparte de la que ya le corresponde por ley a través del ISSSTE (el instituto de seguridad social de los trabajadores del gobierno). En pocas palabras, nadie puede recibir beneficios especiales con dinero público si no están claramente permitidos.
Texto oficial
Artículo 22. Queda prohibido contratar con recursos públicos cualquier tipo de jubilaciones, pensiones y regímenes especiales de retiro, de separación individualizada o colectiva, así como seguros de gastos médicos privados, seguros de vida o de pensiones que se otorguen en contravención a lo dispuesto en decreto o alguna disposición general, Condiciones Generales de Trabajo o contratos colectivos de trabajo. Por ningún motivo se autorizarán pensiones de retiro al titular del Ejecutivo Federal adicionales a la provista por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, correspondiente al seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.