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Artículo 13 de la LEY Federal de Cinematografía

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 13 dice que, para esta ley, un productor de cine es la persona (tú, un individuo) o la empresa (como una compañía) que organiza, dirige y se hace responsable de hacer una película, además de pagar por ella. Si hay alguna confusión sobre quién es el productor, se revisa lo que diga otra ley, la Ley Federal del Derecho de Autor. En otras palabras, el productor es el jefe del proyecto que pone el dinero y toma las decisiones clave.

Texto oficial

ARTICULO 13.- Para los efectos de esta Ley se entiende por productor a la persona física o moral que tiene la iniciativa, la coordinación y responsabilidad de la realización de una película cinematográfica, y que asume el patrocinio de la misma. En caso de duda se estará a lo dispuesto por la Ley Federal del Derecho de Autor. Artículo reformado DOF 05-01-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.