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Artículo 16 de la LEY Federal de Cine y el Audiovisual

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo dice que una película o video se considera "mexicano" si cumple al menos una de estas tres condiciones: 1. Que el productor sea dueño de al menos el 20% de los derechos de la obra, y que el equipo creativo y técnico sea mexicano según lo que diga el reglamento. 2. Que el productor tenga al menos el 10% de los derechos, que la obra sea considerada de interés cultural para México, y que el director, la mayoría de los autores y la mitad del equipo sean mexicanos o residentes permanentes. 3. Que esté hecha bajo un tratado o acuerdo de coproducción con otros países, con los porcentajes que se acuerden. Si son varios países, la parte mexicana no puede ser menor al 10%. Para las series de televisión, estos porcentajes se revisan por cada temporada, según lo que marque el reglamento.

Texto oficial

Artículo 16. Para los efectos de esta Ley se consideran de producción nacional las obras cinematográficas y obras audiovisuales producidas por personas físicas o morales que cumplan con alguno de los supuestos siguientes: I. Que acrediten al menos el veinte por ciento de derechos patrimoniales detentados a su favor, y con la participación mexicana del personal creativo y personal técnico conforme a lo que establezca el Reglamento; II. Que acrediten al menos el diez por ciento de derechos patrimoniales detentados a su favor, siempre que sean obras de interés cultural nacional, y el director o la directora, la mayoría de los autores y la mitad del personal creativo y personal técnico que participen en la producción sean de nacionalidad mexicana o con residencia permanente, o III. Que sean realizadas en el marco de los acuerdos internacionales o los convenios de coproducción suscritos por el gobierno mexicano con otros países u organismos internacionales, con los porcentajes que correspondan. En el caso de las coproducciones multipartitas, la participación mexicana no podrá ser inferior al diez por ciento. En el caso de las series, la participación mexicana se calculará por temporada, en los términos que establezca el Reglamento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.