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Artículo 39 de la LEY Federal de Cine y el Audiovisual

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 39 dice que el Instituto Mexicano de Cinematografía (IMCINE) puede recibir dinero de varias fuentes para hacer su trabajo. Primero, el gobierno federal le asigna un presupuesto cada año. También puede recibir aportaciones de empresas públicas, privadas o de la sociedad civil. Además, personas físicas (como tú) o morales (como empresas) pueden hacer donaciones. Otra fuente son las multas que se cobran a quienes incumplan esta ley de cine. Por último, puede obtener recursos que estén previstos en otras leyes.

Texto oficial

Artículo 39. Para el cumplimiento de las atribuciones señaladas en el presente Capítulo, el Instituto Mexicano de Cinematografía contará con: I. Recursos que anualmente señale el Presupuesto de Egresos de la Federación; II. Aportaciones que efectúen los sectores público, privado y social; III. Donaciones de personas físicas o morales; LEY FEDERAL DE CINE Y EL AUDIOVISUAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 22-05-2026 11 de 19 IV. Las sanciones pecuniarias administrativas que se apliquen con motivo del incumplimiento de esta Ley, y V. Recursos que para tal efecto se señalen en otras leyes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.