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Artículo 38 de la LEY Federal de Cine y el Audiovisual

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría de Cultura, a través del área de cine, va a apoyar y promover que haya una gran variedad de películas y contenidos audiovisuales mexicanos. Esto lo hará respetando que todas las personas puedan expresarse libremente, sin importar el tipo de película, cómo se hizo, dónde se exhibe o cómo se guarda. También se asegurará de que participen todo tipo de personas, sin excluir a nadie por su origen, género, edad, discapacidad, situación económica, salud, religión, gustos personales, preferencias sexuales o estado civil. En pocas palabras, la ley busca que el cine en México sea variado y que cualquier persona pueda hacer y ver películas sin ser discriminada.

Texto oficial

Artículo 38. La Secretaría de Cultura, por conducto del subsector cinematográfico, apoyará y estimulará la diversidad cinematográfica y audiovisual nacional con pleno respeto a la libertad de expresión, considerando la diversidad de géneros cinematográficos, modos de producción, exhibición, distribución y preservación, así como la pluralidad de las formas, estilos y temáticas, donde participen todas las personas sin discriminación alguna por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidades, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones personales, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.