Artículo 59 de la LEY Federal de Cine y el Audiovisual
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Centro de Capacitación Cinematográfica (el CCC) tiene la tarea de dar clases profesionales como licenciaturas, maestrías y doctorados en cine, además de ofrecer cursos y talleres. También investiga y se actualiza constantemente sobre nuevas técnicas y tecnologías del cine para mejorar sus programas de enseñanza. Produce y promueve películas, incluyendo trabajos hechos por alumnos y profesionales, y apoya todo el proceso de hacer una película: desde la grabación hasta que la gente la ve. Además, cuida y restaura su colección de películas, libros y videos, porque son parte de la cultura de México. Por último, puede hacer cualquier otra cosa que sea necesaria para cumplir con su misión, según lo que digan la ley y sus reglas.
Texto oficial
Artículo 59. El Centro de Capacitación Cinematográfica, A.C. tiene las siguientes atribuciones: I. Impartir educación superior mediante licenciaturas, especialidades, maestrías y doctorados, así como actividades de extensión académica; II. Procurar la investigación y la actualización continua en procesos, metodologías, pedagogías, técnicas y tecnologías relacionadas con el ámbito cinematográfico y audiovisual, con el fin de proponer un modelo educativo, programas y capacitaciones que fortalezcan y atiendan a su desarrollo; así como realizar proyectos de investigación teóricos y prácticos que enriquezcan el conocimiento en la materia; III. Producir y promover obras cinematográficas que involucran la creación y participación tanto en procesos formativos y profesionales, como expresivos y narrativos; IV. Implementar programas, acciones, mecanismos y procesos de apoyo a la formación, producción, postproducción, distribución, exhibición, difusión, preservación y conservación, vinculados al fomento de la creación de obras cinematográficas y obras audiovisuales; V. Conservar, restaurar y difundir el acervo fílmico, bibliográfico y audiovisual del Centro de Capacitación Cinematográfica, A.C. como parte del patrimonio cultural de la nación, y VI. Las demás actividades que se deriven de su objeto social y demás disposiciones aplicables derivadas de la presente Ley y de su Reglamento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.