Artículo 10 de la LEY de Fomento a la Confianza Ciudadana
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría, apoyada por la Comisión y otras oficinas del gobierno federal, y escuchando lo que digan empresas y universidades, decidirá qué apoyos y trámites más sencillos se les darán a las personas que se anoten en el Padrón.
Texto oficial
Artículo 10. La Secretaría, por conducto de la Comisión, en coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, tomando en cuenta la opinión de los sectores privado y académico, definirá las actividades, esquemas y programas mediante los cuales se otorgarán los beneficios y facilidades administrativas a los que podrán tener acceso las personas beneficiarias que se registren en el Padrón.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.