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Artículo 10 de la LEY de Fomento a la Confianza Ciudadana

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría, apoyada por la Comisión y otras oficinas del gobierno federal, y escuchando lo que digan empresas y universidades, decidirá qué apoyos y trámites más sencillos se les darán a las personas que se anoten en el Padrón.

Texto oficial

Artículo 10. La Secretaría, por conducto de la Comisión, en coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, tomando en cuenta la opinión de los sectores privado y académico, definirá las actividades, esquemas y programas mediante los cuales se otorgarán los beneficios y facilidades administrativas a los que podrán tener acceso las personas beneficiarias que se registren en el Padrón.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.