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Artículo 116 de la LEY Federal de Competencia Económica

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Para entregar cualquier documento o trámite a la Comisión, debes hacerlo en su oficialía de partes (la ventanilla de recepción) durante el horario y los días que ellos publiquen en el Diario Oficial de la Federación. Si el plazo se te vence justo ese día, puedes mandarlo por correo electrónico después del horario de la ventanilla, a las direcciones que ellos publiquen, y el sistema te dará un comprobante de que lo recibieron. Pero ojo: ese envío por correo solo cuenta si al siguiente día hábil llevas a la ventanilla el original de tu escrito, sus anexos y el comprobante de la transmisión. Si no haces esto, tu trámite no detiene ni suspende el plazo y solo se considerará recibido hasta que llegue físicamente a la ventanilla, y si el documento que mandaste por correo es diferente al que entregaste en la ventanilla, se da por no hecho.

Texto oficial

Artículo 116. Las promociones y documentos deben presentarse únicamente en la oficialía de partes de la Comisión dentro del horario y calendario de labores que sean publicados en el Diario Oficial de la Federación. Se pueden presentar promociones el día de su vencimiento después de concluido el horario en que la oficialía de partes debe recibir documentos, por transmisión electrónica, a las direcciones de correo electrónico que para tal efecto sean publicadas. El sistema debe generar el acuse de recibo que corresponda. Las promociones y documentos presentados en términos del párrafo anterior sólo son admisibles cuando la promoción original, sus anexos y el acuse de recibo de la transmisión electrónica sean presentados en la oficialía de partes al día hábil siguiente de haberse efectuado la transmisión. Bastará que la transmisión electrónica contenga la promoción firmada y una lista detallada de los documentos que anexe a su promoción en la que explique su contenido, incluyendo el apartado de su escrito con el que se relacione cada uno de los anexos. Cualquier documento que se presente en forma diversa a la señalada en este artículo no interrumpe ni suspende el plazo y se tendrá por recibido hasta que ingrese en la oficialía de partes. En el evento de que la promoción y documentos presentados por transmisión electrónica difieran de los presentados en la oficialía de partes, se tendrán por no presentada la promoción y el documento. Capítulo IV De las Notificaciones LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 58 de 86

Ver ley oficial en el DOF (pág. 57) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.