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Artículo 47 de la LEY Federal de Competencia Económica

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Comisión debe cumplir con lo que dice el artículo 5, fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que es la parte que habla sobre cómo se maneja el dinero público. Además, tiene que seguir todas las otras reglas (leyes y normas de oficinas de gobierno) que le toquen. Como es una institución pública, no puede gastar o actuar a su antojo; todo lo que haga tiene que estar dentro de lo que marcan esas leyes.

Texto oficial

Artículo 47. La Comisión se sujetará a lo dispuesto por el artículo 5, fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y demás disposiciones legales y administrativas aplicables. Artículo reformado DOF 16-07-2025 Capítulo II Del Patrimonio

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

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