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Artículo 64 de la LEY Federal de Competencia Económica

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 64 dice que la Comisión va a sospechar que una fusión o compra de empresas es ilegal cuando haya señales de que puede causar problemas. Por ejemplo, cuando esa unión le da a una empresa mucho poder para controlar el mercado, subir precios o dejar fuera a la competencia. También si la fusión impide que nuevos negocios entren al mercado, cierra el acceso a materiales o servicios importantes, o empuja a otras empresas a salir del negocio. Otra señal de alerta es si la unión facilita que las empresas involucradas hagan trampas, como ponerse de acuerdo en precios. Y por último, si afecta seriamente la competencia en el mercado o en mercados relacionados.

Texto oficial

Artículo 64. La Comisión considerará como indicios de una concentración ilícita, que la concentración o tentativa de la misma: I. Confiera o pueda conferir al fusionante, al adquirente o Agente Económico resultante de la concentración, poder sustancial en los términos de esta Ley, o incremente o pueda incrementar dicho poder sustancial, con lo cual se pueda obstaculizar, disminuir, dañar o impedir la libre concurrencia y la competencia económica; II. Tenga o pueda tener por objeto o efecto establecer barreras a la entrada, impedir a terceros el acceso al mercado relevante, a mercados relacionados o a insumos esenciales, o desplazar a otros Agentes Económicos; Fracción reformada DOF 16-07-2025 III. Tenga o pueda tener por objeto o efecto facilitar sustancialmente a los participantes en dicha concentración el ejercicio de conductas prohibidas por esta Ley, y particularmente, de las prácticas monopólicas, o Fracción reformada DOF 16-07-2025 IV. Tenga o pueda tener por objeto o efecto afectar sustancialmente las condiciones de competencia y libre concurrencia en el mercado relevante o mercados relacionados. Fracción adicionada DOF 16-07-2025 Sección IV De las Concentraciones que No Pueden ser Investigadas

Ver ley oficial en el DOF (pág. 27) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.